El Pleno del CPCCS conoció y aprobó el martes 04 de octubre de 2011, el informe de admisibilidad y no admisibilidad del Equipo Técnico encargado de la revisión de requisitos de las y los postulantes a la Comisión Ciudadana de Selección para el proceso de selección y designación de los vocales del Tribunal Contencioso Electoral.
El informe indica que fueron admitidos 48 personas, 19 mujeres y 29 hombres, en esta postulación participaron en total 101 participantes.
LISTADO DE ASPIRANTES NO ADMITIDOS POR LA CIUDADANIA SEXO MASCULINO PARA LAS Y LOS VOCALES DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL
El Art. 15 del Reglamento de Comisiones Ciudadanas de Selección indica que las o los postulantes que se consideren afectados por la resolución del Pleno, podrán solicitar la reconsideración en el término de tres días contados a partir de la notificación.
Luego, al término de dos días, el Pleno del CPCCS resolverá sobre las reconsideraciones de forma única y definitiva. Si alguna reconsideración fuera favorable, el postulante pasará a la fase de calificación de méritos.
RECONSIDERACIONES
El CPCCS, en sesión ordinaria del 13 de octubre de 2011, conoció y aprobó los informes de reconsideración de requisitos de los postulantes de la ciudadanía para la Comisión Ciudadana encargada de la designación de las y los Vocales del Tribunal Contencioso Electoral.
Descargue aquí las resoluciones del Pleno del CPCCS respecto de la solicitud dereconsideraciones
Los postulantes cuya reconsideración haya merecido resolución favorable, pasarán a la fase de calificación de méritos, en la que serán evaluados sobre 50 puntos que corresponde a la calificación de méritos. El equipo técnico, en el término de diez días contados a partir de la resolución del Pleno respecto al informe de cumplimiento de requisitos, entregará el informe correspondiente a la calificación de méritos, de acuerdo con el cuadro de valoración que consta en el Reglamento.
DELEGADOS DE LAS FUNCIONES DEL ESTADO PARA LA COMISION CIUDADANA
DESGINADOS LOS DELEGADOS DE LAS FUNCIONES DEL ESTADO PARA INTEGRAR COMISÓN CIUDADANA DE SELECCIÓN PARA EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL
Tal como lo establece la Constitución de la República, la Ley del CPCCS, y el Reglamento de Comisiones Ciudadanas, las cinco Funciones del Estado designaron a los postulantes a delegados y delegadas que integrarán la Comisión Ciudadana de Selección encargada de organizar el concurso de méritos y oposición para seleccionar a las y los Vocales del Tribunal Contencioso Electoral.
COMISIÓN CIUDADANA PARA DESIGNAR A LAS Y LOS VOCALES DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL:
Nombre | Función |
Giovanny Francisco Bravo Rodríguez | Ejecutiva |
Patricia de las Mercedes Cervantes Baquero | Ejecutiva |
Fanny Insuásti Avalos | Judicial |
Hermes Sarango Aguirre | Judicial |
Myriam Elisa Brito Estrada | Legislativa |
Fausto Javier Holguín Ochoa | Legislativa |
Francisco Xavier Bonilla Soria | Transparencia y Control Social |
Patricia Elizabeth Larrea Torres | Transparencia y Control Social |
Víctor Hugo Ajila Mora | Electoral |
Yolanda Beatriz Cruz Chipantasi | Electoral |
Las delegadas o delegados de las funciones del Estado, así como los y las representantes de la ciudadanía deberán cumplir los requisitos y no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley y en el Reglamento. Los 30 postulantes pasarán a la etapa de escrutinio público e impugnación ciudadana.