Quito, 27 de agosto de 2021
Boletín de Prensa Nro. 1089
Aprobado el reglamento para designar a los representantes de la sociedad civil ante los Consejos Nacionales para la Igualdad
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó, este 27 de agosto, el reglamento para la selección y designación de los consejeros representantes de la sociedad civil ante los Consejos Nacionales para la Igualdad de Género, Intergeneracional, de Pueblos y Nacionalidades, de Discapacidades y de Movilidad Humana.
El reglamento regula el proceso del concurso de méritos con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana. Entre otros requisitos, los postulantes deberán ser destinatarios de la política pública conforme a la temática específica del Consejo Nacional para la Igualdad al que aplican y demostrar experiencia en las áreas del mismo.
El proceso se realizará mediante una Comisión Ciudadana de Selección, que se encargará de la verificación de requisitos y calificación de los méritos de los postulantes. Para ello se realizará una valoración sobre 50 puntos bajo los parámetros de liderazgo, participación, capacitación, experiencia laboral, formación y otros méritos.
La Comisión Ciudadana de Selección presentará un informe por cada Consejo, con las calificaciones detalladas, para que el Pleno del CPCCS proceda a designar a las consejeras y consejeros principales y suplentes de entre los participantes mejor puntuados, garantizando la integración paritaria entre mujeres y hombres, a excepción del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, y la inclusión de al menos un integrante proveniente de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos o montubios.
La sociedad civil estará representada de la siguiente forma:
- El Consejo Nacional para la Igualdad de Género estará integrado por tres mujeres y dos personas LGBTI.
- El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional estará integrado por una adolescente mujer y un adolescente hombre a partir de los 16 años de edad; una persona joven mujer y una persona joven hombre de entre 18 y 29 años y con una persona adulta mayor a 65 años de edad.
- El Consejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades estará integrado paritariamente por hombres y mujeres, un representante del pueblo afroecuatoriano, un representante del pueblo montubio y tres representantes de distintos pueblos y nacionalidades indígenas.
- El Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades estará integrado paritariamente por hombres y mujeres, por una persona con discapacidad física, una persona con discapacidad visual, una persona con discapacidad auditiva, una persona con discapacidad mental o psicosocial y una persona con discapacidad intelectual.
- El Consejo Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana estará integrado paritariamente por hombres y mujeres, por una persona migrante retornada, una persona inmigrante y una persona perteneciente a cada una de las circunscripciones especiales del Ecuador en el exterior.
Además, el Pleno del CPCCS resolvió la conformación de una Comisión Técnica para que elabore el instructivo para el reglamento, con lo cual se completará la normativa del concurso.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
kichwa