
¿Qué son los Consejos Cantonales de Protección de Derechos?
Son organismos de nivel asesor y ejecutor cantonal que están integrados de manera paritaria por representantes del Estado y de la ciudadanía.
Están presididos por la máxima autoridad de la Función Ejecutiva del GAD municipal (alcalde).
Los Consejos Cantonales de Protección de Derechos son organismos locales en Ecuador encargados de garantizar y promover los derechos humanos, con un enfoque especial en grupos vulnerables como niños, adolescentes, mujeres y personas con discapacidad. Estos consejos son parte de los Sistemas de Protección Integral de Derechos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos.
- Formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de políticas públicas municipales de protección de derechos, articuladas a las políticas públicas de los Consejos Nacionales para la Igualdad .
- Protección de los derechos individuales y colectivos de grupos prioritarios, como niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y mujeres víctimas de violencia.
- Brindar atención en casos de amenaza o violación de derechos: a grupos de atención prioritaria.
- Promover, proteger y exigir el cumplimiento de los derechos de los grupos prioritarios y personas vulnerables, coordinando acciones con instituciones públicas y de la sociedad civil.
- Conformación y funcionamiento de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos, órganos operativos encargados de la protección de derechos de grupos prioritarios.
- Asesoramiento y ejecución de acciones para la protección de derechos, a través de la participación de representantes del Estado y de la Sociedad Civil.
- Conformación de Consejos Consultivos de Derechos: para garantizar la participación ciudadana en la protección de derechos.
- Denunciar ante las autoridades competentes acciones u omisiones que atenten contra los derechos, cuya protección le corresponde.
