CONVOCATORIA A INTEGRAR VEEDURÍA CIUDADANA AL PROCESO DE ELECCIÓN DE DEFENSOR DEL CLIENTE
CONVOCATORIA A INTEGRAR VEEDURÍA CIUDADANA
De acuerdo con la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y el Reglamento para la Elección de la Defensora o Defensor del Cliente de cada una de las Entidades Integrantes del Sistema Financiero Público y Privado, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de conformidad con lo que establece el artículo 8 del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, y por Resolución del Pleno del CPCCS 005-189-CPCCS-2012 del 6 de junio de 2012, invita a las y los ciudadanos, ya sea de forma individual o colectiva a inscribirse en la veeduría ciudadana para vigilar:
“LA ELECCIÓN DE LA DEFENSORA O DEFENSOR DEL CLIENTE DEL SISTEMA FINANCIERO PÚBLICO Y PRIVADO”
Las y los interesados en participar en la veeduría al proceso de Elección de la Defensora o Defensor del Cliente de cada una de las Entidades Integrantes del Sistema Financiero Público y Privado, deberán llenar el formulario de inscripción que se encuentra en el sitio web www.participacionycontrolsocial.gob.ec, y entregarlo, conjuntamente con los documentos de respaldo (fotocopia de cedula de identidad, fotocopia de papeleta de votación, declaración juramentada no notarizada, hoja de vida y fotografía tamaño carnet) en el término de cinco días contados a partir de la fecha de convocatoria a esta veeduría, es decir, del lunes 11 al viernes 15 de junio de 2012; en las oficinas del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, sus delegaciones provinciales y consulados del Ecuador en el exterior.
De acuerdo con el Art. 5 del Reglamento General de Veedurías, estas instancias ciudadanas son de carácter cívico y voluntario, no generan relación laboral con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social ni con otra entidad del Estado.
Para conformar cada uno de los procesos de veedurías en mención, se requiere que se postulen al proceso mínimo tres integrantes, sin determinarse el máximo de postulantes.
- Encontrarse en ejercicio de los derechos de participación; y
- En caso de representantes de personas jurídicas o de organizaciones sociales, se requiere el documento de representación o delegación, señalando además en el mismo que ninguno de sus miembros tiene conflicto de intereses con el objeto de la veeduría.
- Laborar en la entidad a la que se realiza la veeduría, así como en organismos de control que tengan esta competencia respecto de aquellas;
- Tener contratos vigentes con la entidad a la que se realiza la veeduría, como persona natural, socio, representante o apoderado de personas jurídicas;
- Tener algún conflicto directo o indirecto de intereses o cualquier tipo de vinculación con el objeto y la ejecución de la veeduría;
- Estar vinculado por matrimonio, unión de hecho, o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad a quienes cuya gestión, bien, obra, servicio, selección o designación sea objeto de la veeduría o entre veedores;
- Adeudar pensiones alimenticias, conforme certificación judicial;
- No haber cumplido con las medidas de rehabilitación ordenadas por autoridad competente en los casos de violencia intrafamiliar o de género;
- Pertenecer a más de una veeduría en curso; y,
- Ser directivo de un partido o movimiento político durante el ejercicio de la veeduría.
Las inscripciones a estas veedurías se receptarán en las oficinas del CPCCS en todo el país, ubicadas en las sedes del Consejo Nacional Electoral. Para el caso de Quito y Guayaquil, se receptarán en: Quito. Av. Amazonas 44-30 y Villalengua, Edificio Amazonas 100, piso 3; Guayaquil: Luque 111 y Pichincha, Edificio Banco Park piso Nº 15.
Fecha de publicación lunes 11 de junio de 2011
Fecha de cierre de inscripción: 15 de junio de 2011
Veedores inscritos para el proceso de elección de las y los defensores del cliente
El pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) conoció y aprobó, el jueves 21 de junio de 2012, el informe del proceso de verificación de requisitos y admisibilidad de las carpetas presentadas por la ciudadanía para participar como veedores de la elección de la Defensora o Defensor del Cliente del Sistema Financiero Público y Privado.
Este informe se lo realizó de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y el Artículo 8 del Reglamento que norma este proceso. Desde la convocatoria que se realizó del 10 al 15 de junio, nueve personas se postularon, de las cuales, ocho cumplieron con los requerimientos estipulados en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas.
Los ciudadanos que integrarán la veeduría ciudadana a la elección de la Defensora o Defensor del Cliente del Sistema Financiero Público y Privado son:
NOMBRE | PROVINCIA |
Meza Meza Adrian Steban | BOLIVAR |
Visarra Torres Ibeth Katherine | BOLIVAR |
Bayas Torres Marjorie Alexandra | BOLIVAR |
Villacís Garofalo Manuel Alonso | BOLIVAR |
Chacón Vélez Katherine Elizabeth | M. SANTIAGO |
Mañay Vique Ana Marlena | CHIMBORAZO |
Anilema Pilamunga Rosario | CHIMBORAZO |
Santos Tamayo Silvia Consuelo | PICHINCHA |
Los postulantes ya admitidos serán notificados y recibirán capacitación e información, de acuerdo con el objeto de la veeduría, para su posterior acreditación por parte del CPCCS.
Veedores se capacitaron para el proceso de elección de Defensora o Defensor del Cliente

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) capacitó, el martes 26 de junio, a los integrantes de la veeduría que vigilará la elección de la Defensora o Defensor del Cliente de cada una de las entidades integrantes del Sistema Financiero Público y Privado.
Con base en el Art. 8, literal d del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, la capacitación consiste en proporcionarles información de las normas legales vigentes como parte de su preparación para la actividad que efectuarán hasta mediados de septiembre cuando concluya el proceso de elección de la Defensora o Defensor del Cliente de cada una de las entidades integrantes del Sistema Financiero Público y Privado.
También se les informó sobre las facultades que tienen durante el. De acuerdo con el Art.9 del Reglamento deben cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes aplicables y el presente Reglamento y coordinar, de ser necesario, con la Secretaría de participación Ciudadana y Control Social las acciones técnicas y administrativas que se requieran en relación con el trabajo de vigilancia.
También deberán informar de manera oportuna a la Dirección Nacional de Control Social del CPCCS sobre cualquier situación que esté afectando el funcionamiento de la veeduría y presentar informes parciales y final previamente aprobados y suscritos por los integrantes.
El CPCCS entregó las credenciales a las veedoras:
- Mañay Vique Ana Marlene (Chimborazo)
- Anilema Pilamunga Rosario (Chimborazo)
- Santos Tamayo Silvia Consuelo (Pichincha) – COORDINADORA