CONVOCATORIA CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
CONVOCATORIA
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de conformidad con lo establecido en el artículo 208, numeral 11 de la Constitución de la República; artículo 71 de su Ley Orgánica y artículo 10 de la Reforma y Codificación del Reglamento del Concurso de oposición y méritos para la Selección y Designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública, convoca a las y los ciudadanos ecuatorianos residentes en el país y en el exterior, de forma individual, a inscribirse en el concurso de méritos y oposición para la designación de:
- LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA.
Conforme con lo que establece el artículo 192 de la Constitución de la República del Ecuador, para la selección y designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública, las y los postulantes cumplirán los siguientes requisitos:
- Ser ecuatoriano o ecuatoriana y hallarse en goce de los derechos políticos;
- Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país y conocimiento en gestión administrativa; y
- Haber ejercido con idoneidad y probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria, por un lapso mínimo de diez años.
Además de la determinada en el Art. 232 de la Constitución de la República, no podrá postularse para ejercer el cargo de primera autoridad de la Defensoría Pública quien:
- Se hallare en interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta.
- Hubiese sido condenado o condenada por sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista.
- Tenga sentencia ejecutoriada del Tribunal Contencioso Electoral por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador – Código de la Democracia, sancionada con la suspensión de los derechos políticos y de participación, mientras ésta subsista.
- Tenga contrato con el Estado, como persona natural, socio o socia, representante o apoderado o apoderada de personas jurídicas, celebrado para la adquisición de bienes, ejecución de obras públicas, prestación de servicio público sin relación de dependencia, o explotación de recursos naturales.
- No haya cumplido las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género.
- Haya ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
- Haya sido sancionado o sancionada por delitos de lesa humanidad.
- Tenga obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como empleador o prestatario.
- Tenga obligaciones tributarias pendientes con deuda en firme con el Servicio de Rentas Internas (SRI).
- Haya sido directivo de partidos o movimientos políticos inscritos en el Consejo Nacional Electoral o haya desempeñado dignidades de elección popular en los dos últimos años.
- Sea miembro de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional o de la Comisión de Tránsito del Guayas en servicio activo, o representante de cultos religiosos.
- Adeude pensiones alimenticias.
- Sea cónyuge, tenga unión de hecho, o sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de las Consejeras o Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y/o de los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección.
- Haya sido sancionado o sancionada con destitución por responsabilidad administrativa o tenga sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas, sin que se encuentre rehabilitado o rehabilitada.
- Incurra en alguna de las inhabilidades, impedimentos o prohibiciones para el ingreso o reingreso al servicio civil en el sector público.
- Las demás prescritas en la Constitución y la ley.
La o el postulante acreditará no estar incurso en las prohibiciones señaladas, mediante una declaración juramentada en el formato único, otorgada mediante escritura pública ante notario público.
Las postulaciones se receptarán en:
- Oficinas del CPCCS en Quito, en la Av. Amazonas 4430 y Villalengua, Edificio Amazonas 100, 3er. piso;
- Oficinas del CPCCS en Guayaquil, En Guayaquil: Luque 111 y Pichincha, Edificio Banco Park piso 15;
- Oficinas del CPCCS en todo el país que funcionan en las Delegaciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), ubicadas en las capitales provinciales;
- En el exterior en las oficinas y consulados del Ecuador.
Por ningún concepto se recibirán postulaciones fuera del término y horario previstos o en un lugar distinto a los indicados. La documentación será recibida a todos los postulantes que se encuentren al interior de las instalaciones del CPCCS a las 24h00 del día de cierre.
Toda la información relacionada se encuentra en la página web institucional:
www.participacionycontrolsocial.gob.ec
Soc. Marcela Miranda Pérez Ab. Antonio Velázquez Pezo
PRESIDENTA SECRETARIO GENERAL
Las postulaciones se recibirán a partir del lunes 16 de enero hasta el viernes 27 de enero de 2012, en horario normal de labores del CPCCS (08h30 a 17h30), y el último día concluirá a las 24h00 para el territorio nacional y en la misma hora dentro del huso horario correspondiente en el exterior.
Serán documentos de presentación obligatoria:
a. Formulario de Postulación (impreso y firmado en tres ejemplares) disponible en el sitio Web.
b. Hoja de Vida con base en formato único disponible en el sitio Web.
c. Copia notariada a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del último proceso electoral.
d. Copia notariada del título de tercer y/o cuarto nivel y el certificado de registro emitido por el organismo competente.
e. Certificado de no tener deudas tributarias en firme pendientes con el SRI.
f. Certificados de no tener obligaciones en mora con el IESS como empleador o prestatario.
g. Certificado de responsabilidades y/o cauciones, otorgado por la Contraloría General del Estado.
h. Certificado de no estar impedido para ocupar cargo público, emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.
i. Certificado de no haber ejercido una dignidad de elección popular o haber sido miembro de la directiva de un partido o movimiento político en los dos años anteriores a la convocatoria al presente concurso, otorgado por el Consejo Nacional Electoral.
j. Certificado de no mantener contratos con el Estado otorgado por el INCOP.
k. Certificado conferido por el Tribunal Contencioso Electoral de no tener sentencia ejecutoriada por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador-Código de la Democracia, sancionada con la suspensión de derechos políticos y de participación mientras esta subsista.
l. Certificaciones que acrediten su experiencia laboral o profesional, como abogado o abogada, la judicatura o la docencia universitaria en Ciencias Jurídicas por el lapso mínimo de 10 años, en el caso de docencia universitaria el certificado será otorgado por un centro de educación superior debidamente acreditado por el organismo competente.
m. Declaración juramentada elevada a escritura pública ante notario, que acredite haber ejercido con idoneidad y probidad su ejercicio laboral o profesional que incluirá lo dispuesto en el último inciso del artículo 9 del presente reglamento.
En el caso de postulantes residentes en el exterior, los documentos señalados en los literales e, f, g, h, i, j, y k serán reemplazados por una declaración juramentada ante la oficina consular ecuatoriana acreditada más cercana a su residencia.
El o la postulante presentará el expediente en original y copia, adjuntando la documentación de respaldo debidamente certificada o notariada.
La o el postulante será responsable por cualquier falsedad o inexactitud en la documentación presentada, de comprobarse las mismas, se procederá a su inmediata descalificación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
EL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, DESPUÉS DE SER LLENADO Y ACEPTADO EN EL PORTAL WEB DEL CPCCS, DEBE SER IMPRESO POR TRIPLICADO, PARA SU ENTREGA Y CONSTANCIA DE RECEPCIÓN
Se recomienda a los postulantes entregar sus documentos sin anillar, ni espiralar pues esto dificulta el trabajo administrativo y de escaneo de los mismos.
Como se menciona en el articulo 10. del Reglamento de Reforma y Codificación de Concurso y Oposición y Méritos para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública:
“…EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN POSTULACIONES FUERA DEL TÉRMINO Y HORA PREVISTOS O EN UN LUGAR DISTINTO A LOS INDICADOS”.