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⏳ DESIGNACIÓN VOCAL PRINCIPAL Y SUPLENTE - TERNA - FUNCIÓN LEGISLATIVA
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Formato hoja de Vida
- Modelo Declaración Juramentada
- Reforma
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
✅ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
-
- Informe del taller de inducción y acreditación
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Veedores admitidos
- Resolución que aprueba el Informe de verificación de requisitos a veedores ciudadanos
- Informe de Admisibilidad de los postulantes para la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría – Vocal principal y suplente del CJ de la terna de la Función Legislativa
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
⏳ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
✅ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
- Resolución de reconformación de la Comisión Técnica
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica
⏳ TERNAS:
-
- Resolución de aprobación de verificación de requisitos. de 11 de septiembre de 2024
- Informe de verificación de requisitos
- Resolución de conocimiento de la destitución y censura al Dr. Fausto Roberto Murillo Fierro, por parte de la Asamblea Nacional
- Resolución de conocimiento de la renuncia de la Abg. Elcy Rumania Celi Loayza
- Resolución que solicita la Terna a la función Legislativa
- Oficio de envió de la Terna desde la Función Legislativa
- Oficio de solicitud de la Terna a la Función Legislativa
- Resolución que solicita la publicación de la Terna
Expedientes de los integrantes de la terna:
⛔ ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Resolución de aprobación del Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
Expedientes de los integrantes de la terna:
⛔ DESIGNACIÓN:
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-
⏳ DESIGNACIÓN VOCAL SUPLENTE - TERNA - EJECUTIVO
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Modelo de hoja de vida (formato Word)
- Modelo Declaración Juramentada
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
⏳ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
- Informe del taller de inducción y acreditación
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Veedores no admitidos
- Veedores admitidos
- Informe de Admisibilidad de los postulantes para la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría – Vocal Suplente del CJ de la terna enviada por el Ejecutivo
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
⛔ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
⛔ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica
⛔ TERNAS:
- Resolución de solicitud de la terna a la Función Ejecutiva
- Resolución de conocimiento de la renuncia del señor Xavier Alberto Muñoz Intriago al cargo de Vocal del Consejo de la Judicatura
⛔ ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Resolución de aprobación del Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
Expedientes de los integrantes de la terna:
⛔ DESIGNACIÓN:
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-
⏳ DESIGNACIÓN VOCAL SUPLENTE - TERNA - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Modelo de hoja de vida (formato Word)
- Modelo Declaración Juramentada
- Reforma Constitucional elección del Consejo de la Judicatura
⏳ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
- Informe del taller de inducción y acreditación
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Veedores no admitidos
- Veedores admitidos
- Informe de Admisibilidad de los postulantes para la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría – Vocal Suplente del CJ de la terna enviada por la Fiscalía General del Estado
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
⛔ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
⛔ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica
⛔ TERNAS:
- Resolución de solicitud de la terna a la Fiscalía General del Estado
- Resolución de conocimiento de la renuncia del señor Xavier Alberto Muñoz Intriago al cargo de Vocal del Consejo de la Judicatura
⛔ ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de aprobación del Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
Expedientes de los integrantes de la terna:
⛔ DESIGNACIÓN:
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-
⏳ DESIGNACIÓN VOCAL SUPLENTE - TERNA - DEFENSORÍA PÚBLICA
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Modelo de hoja de vida (formato Word)
- Modelo Declaración Juramentada
- Reforma Constitucional elección del Consejo de la Judicatura
⏳ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
- Informe del taller de inducción y acreditación
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Veedores no admitidos
- Veedores admitidos
- Informe de Admisibilidad de los postulantes para la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría – Vocal Suplente del CJ de la terna enviada por la Defensoría Pública
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
⛔ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
⛔ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica
⛔ TERNAS:
⛔ ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Resolución de aprobación del Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
Expedientes de los integrantes de la terna:
⛔ DESIGNACIÓN:
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-
✅ DESIGNACIÓN VOCAL PRINCIPAL - TERNA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Formulario de Inscripción de Veeduría Ciudadana
- Modelo de hoja de vida (formato Word)
- Modelo Declaración Juramentada (no notariada)
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
✅ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
-
- Resolución de aprobación del Informe del taller de inducción, acreditación y elección de coordinador de la veeduría
- Veedores no admitidos
- Veedores admitidos
- Informe de admisibilidad, verificación de requisitos y prohibiciones de los postulantes
- Resolución de aprobación del Informe de Admisibilidad de los postulantes
- Convocatoria a Veeduría – Vocal Principal del CJ terna enviada por la Corte Nacional de Justicia
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
✅ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
✅ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN
✅ TERNAS:
- Resolución No. CPCCS-PLE-SG-033-E-2024-0264-03-07-2024 sobre fase impugnación ciudadana y convocatoria a presentación y convocatoria a presentación del plan de trabajo de los postulantes.
- Resolución que aprueba el Informe de Verificación de Requisitos, Prohibiciones e Inhabilidades del candidato, abogado Mario Fabricio Godoy Naranjo
- Informe de verificación de requisitos, prohibiciones e inhabilidades del candidato Mario Fabricio Godoy Naranjo
- Resolución que traslada la Comisión Técnica el expediente del postulante doctor Mario Fabricio Godoy Naranjo
- Oficio de entrega de expediente del candidato Mario Fabricio Godoy Naranjo
- Informe de verificación de requisitos, prohibiciones e inhabilidades Terna remitida por la Corte Nacional de Justicia
- Resolución que aprueba el Informe de Verificación de Requisitos de la Terna remitida por la Corte Nacional de Justicia
- Resolución que dispone la publicación de la Terna y los expedientes remitidos por el presidente encargado de la Corte Nacional de Justicia
- Oficio de entrega de la Terna
- Resolución de solicitud de la terna a la Corte Nacional de Justicia
- Resolución de conocimiento de la renuncia del Dr. Willman Terán, a la presidencia del Consejo de la Judicatura)
- Oficio de renuncia del Dr. Willman Terán
Expedientes de los integrantes de la terna:
- Telmo Fabián Molina Cáceres
- Dunia Carmita Martínez Molina
- Mario Fabricio Godoy Naranjo
- Hugo Fabricio Landívar Orellana (no superó la fase de admisibilidad)
✅ ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Informe de calificación de las impugnaciones
- Resolución que aprueba el Informe de calificación de las impugnaciones presentadas en contra de la terna remitida por la Corte Nacional de Justicia
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución que aprueba la convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
Expedientes de los integrantes de la terna:
✅ DESIGNACIÓN
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-034-E-2024-0285-10-07-2024 (Designación del Presidente del Consejo de la Judicatura)
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-034-E-2024-0284-08-07-2024 (Designación de la Presidenta del Consejo de la Judicatura)
✅ DESIGNACIÓN VOCAL SUPLENTE - TERNA DEFENSORÍA PÚBLICA-febrero 2024
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
La Constitución de la República del Ecuador, Art. 179, dispone: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación y Reforma del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Formato hoja de Vida
- Modelo Declaración Juramentada
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
✅ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
-
- Informe del taller de inducción y acreditación
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Veedores no admitidos
- Veedores admitidos
- Informe de Admisibilidad de los postulantes para la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría – Vocal Suplente del CJ de la terna enviada por la Defensoría Pública
- Resolución de convocatoria a Veeduría Ciudadana
✅ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
✅ INTEGRANTES DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica, de 13 de enero de 2024
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica, de 20 de diciembre de 2023
- Resolución de conformación de la Comisión Técnica, de 13 de diciembre de 2023
✅ TERNAS:
- Resolución de aceptación de la renuncia del Dr. Jaime de Veintimilla, vocal suplente del Consejo de la Judicatura
- Resolución de solicitud a la máxima autoridad de la Defensoría Pública para que remita la terna
- Resolución de notificar a la Defensoría Pública, para que dentro del plazo de tres días proceda a completar la terna
- Resolución de aprobación del Informe de Verificación de Requisitos, de la Terna enviada por la Defensoría Pública
- Informe de verificación de requisitos, prohibiciones e inhabilidades de la Terna
- Informe de verificación de requisitos, prohibiciones e inhabilidades del candidato ab. Manosalvas Silva Carlos Luis
✅ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA:
- Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Resolución de aprobación del Informe para la Calificación de las Impugnaciones ciudadanas
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana
✅ Expedientes de los integrantes de la terna:
Merck Milko Benavides Benalcázar
✅ DESIGNACIÓN:
- RESOLUCIÓN No. CPCCS-PLE-SG-012-E-2024-0064-22-02-2024 (De designación al Dr. Merck Milko Benavides Benalcázar)
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
El artículo 258 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece que el Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados son elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
✅ NORMATIVA
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Codificación del Reglamento para la designación de los vocales del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes
- Sentencia de la Corte Constitucional No. 1219–22–EP/22
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
✅ 1. VEEDURÍA CIUDADANA
- Resolución que dispone realizar la convocatoria para la conformación de la Veeduría Ciudadana
- Convocatoria para la conformación de la Veeduría Ciudadana para vigilar la designación del vocal principal del Consejo de la Judicatura
- Veedores admitidos
- Veedores no admitidos
- Resolución de aprobación del Informe del Taller de Inducción Acreditación y Elección de Coordinador/a
- Resolución del Informe final y jurídico
✅ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
✅ Integración de la Comisión Técnica
✅ Terna
Terna enviada el 17 de octubre de 2022
- Resolución de conocimiento de solicitud para activación del mecanismo de selección del delegado de la Corte Nacional de Justicia, de 28 de septiembre de 2022
- Solicitud de la terna de 4 de octubre de 2022
- Resolución de aprobación de la prórroga solicitada por el Presidente de la CNJ, el 6 de octubre de 2022
- Oficio de la Corte Nacional de Justicia que entrega la terna para designar al presidente del CJ, de 17 de octubre de 2022
- Resolución que acoge las recomendaciones del Informe de Verificación de Requisitos e Inhabilidades
- Informe de Verificación de Requisitos e Inhabilidades, de 2 de noviembre de 2022
Expedientes de los integrantes de la terna:
Vallejo Basantes Blanca Alexandra
Terna enviada el 16 de diciembre de 2022
- Resolución de conocimiento del oficio de la CNJ, de 12 de diciembre de 2022 (Resolución declarada nula por la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-0003-2023-0041)
- Resolución de conocimiento de la terna enviada por la CNJ, el 16 de diciembre de 2022 (Resolución declarada nula por la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-0003-2023-0041)
Resolución de aprobación del Informe de Verificación de Requisitos e Inhabilidades remitido por la Comisión Técnica - Informe de Verificación de Requisitos e Inhabilidades
Expedientes de los integrantes de la terna
✅ Escrutinio público e impugnación ciudadana
- Resolución de convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana (Resolución declarada nula por la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-0003-2023-0041)
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana a la terna remitida por la Corte Nacional de Justicia
Expedientes de los integrantes de la terna:
Mercedes Johanna Caicedo Aldaz
- Resolución de conocimiento del informe de las impugnaciones presentadas a los postulantes (Resolución declarada nula por la Resolución No. CPCCS-PLE-SG-0003-2023-0041)
- Informe de impugnaciones presentadas a los postulantes de la terna de la Corte Nacional
INFORMACIÓN GENERAL
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA EN CASO DE AUSENCIA DEFINITIVA DE VOCALES TITULARES Y SUPLENTES
El artículo 208, numeral 12 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social la atribución de designar a los miembros del Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
El artículo 258 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece que el Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.
Los delegados son elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.
El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el CPCCS.
Los Miembros del Consejo, en caso de ausencia o impedimento, serán sustituidos por sus alternos.
Designación del vocal del Consejo de la Judicatura en reemplazo del Dr. Jorge Aurelio Moreno Yanes (proceso iniciado en enero de 2021)
El 14 de junio de 2019, la vocal Patricia Esquetini presentó la renuncia a su cargo, por lo que se titularizó a su suplente, el doctor Jorge Aurelio Moreno, el 20 de junio de 2019.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, el vocal Jorge Aurelio Moreno presentó su renuncia al cargo de vocal del Consejo de la Judicatura, mediante oficio remitido al presidente de la Asamblea Nacional.
✅ NORMATIVA
- Resolución de inicio del proceso de designación, conformación de veeduría ciudadana y Comisión Técnica
- Reglamento para designación de los miembros del Consejo de la Judicatura en caso de ausencia definitiva de vocal titular y suplente – Función Ejecutiva
- Reglamento de veedurías para los procesos de selección de los miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de autoridades
- Reforma Constitucional sobre elección del Consejo de la Judicatura Referéndum 2011
✅ 2. PROCESO DE DESIGNACIÓN
✅ Integración de la Comisión Técnica
✅ Ternas
✅ Escrutinio público e impugnación ciudadana
✅ Designación