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INFORMACIÓN GENERAL DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
Defensoría pública
Art. 191.- La Defensoría Pública es un órgano autónomo de la Función Judicial cuyo fin es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos.
Funciones de la Defensoría Pública
La Defensoría Pública prestará un servicio legal, técnico, oportuno, eficiente, eficaz y gratuito, en el patrocinio y asesoría jurídica de los derechos de las personas, en todas las materias e instancias.
La Defensoría Pública es indivisible y funcionará de forma desconcentrada con autonomía administrativa, económica y financiera; estará representada por la Defensora Pública o el Defensor Público General y contará con recursos humanos, materiales y condiciones laborales equivalentes a las de la Fiscalía General del Estado.
Requisitos (según la Constitución) para ser Defensor Público
INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA INTEGRACIÓN DE VEEDURÍAS
CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN DE VEEDURÍAS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LAS COMISIONES CIUDADANAS DE SELECCIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES ESTATALES
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de conformidad con lo establecido en el Art. 63 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social, que señala que el Consejo garantizará la participación de veedurías en el proceso de selección de las Comisiones Ciudadanas conforme al reglamento respectivo, invita a las y los ciudadanos, ya sea de forma individual o colectiva a través de las y los representantes de las organizaciones sociales a inscribir y acreditar las veedurías para los procesos de selección de miembros de las Comisiones Ciudadanas de Selección para la designación de las primeras autoridades de la Defensoría Pública, la Defensoría del Pueblo, y las y los vocales del Consejo Nacional Electoral, conforme lo previsto en la Constitución de la República y la Ley. En el caso de cada organización postulará un solo candidato a veedor o veedora por concurso.
Las inscripciones se recibirán en las oficinas del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que se encuentran ubicadas: en Quito, en el Mezzanine del Edificio Amazonas 100, en la Av. Amazonas 4430 y Villalengua; en la ciudad de Guayaquil, en el cuarto piso del Edificio El Suizo, en P. Icaza entre Pedro Carbo y Pichincha; y en las 22 provincias restantes, en las instalaciones del Consejo Nacional Electoral, que se encuentran en las capitales provinciales, desde el 27 de diciembre de 2010 hasta el 10 de enero de 2011, en horario normal de labores del Consejo. El 10 de enero se atenderá hasta las 24h00.
La ciudadanía, podrá inscribirse para integrar la veeduría para cualquiera de los concursos, mediante el Formulario de Inscripción de Veeduría, que se encuentra en la página web institucional www.participacionycontrolsocial.gob.ec; y en las oficinas del CPCCS, ubicadas en las instalaciones arriba detalladas. Este formulario impreso y firmado por el postulante se entregará conjuntamente con los requisitos solicitados, dentro del término de diez días contados a partir de la presente convocatoria;
REQUISITOS PARA SER VEEDOR/A:
- Ser ecuatoriano o ecuatoriana; y,
- Encontrarse en ejercicio de los derechos de participación.
Los representantes de las organizaciones sociales deben acreditar tal representación mediante la respectiva carta de auspicio.
PROHIBICIONES: No podrán ser veedores quienes:
- Sean servidores públicos bajo cualquier modalidad o tengan contratos en las instituciones a las que pertenezca la autoridad a designarse, determinadas en los numerales 10, 11 y 12 del Art. 208 de la Constitución de la República; y,
- Pertenecer a más de una veeduría en curso, dentro del proceso de selección de los miembros de las comisiones ciudadanas y para la selección de autoridades.
Para acreditar que no se encuentra incurso en ninguna prohibición, el veedor o veedora habrá completado y suscrito el formato de declaración juramentada que consta en la página web institucional.
INFORMACIÓN SOBRE EL CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
- CONVOCATORIA Y LISTADO DE POSTULANTES AL CONCURSO – 15 de enero de 2012
- CALIFICACIÓ?N DE REQUISITOS
- PRUEBA DE OPOSICIÓN – 09 de marzo de 2012
- RESULTADOS MÉRITOS, OPOSICIÓN Y ACCIÓN AFIRMATIVA – 13 de marzo 2012
- ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓ?N CIUDADANA – 28 de marzo de 2012
- DESIGNACIÓN Y POSESIÓ?N DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚ?BLICA – 30 de abril de 2012
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Reglamento actualizado
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