CONVOCATORIA AL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA CONFORMACIÓN DE: COMISIÓN CIUDADANA DE SELECCIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución de la República del Ecuador, artículo 55 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y artículo 10 del Reglamento de Comisiones Ciudadanas de Selección, convoca a las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos residentes en el país y en el exterior, a participar, a título personal o con el auspicio de organizaciones sociales, para la conformación de:
- La Comisión Ciudadana de Selección para la designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública
- Ser ecuatoriano o ecuatoriana
- Estar en goce de los derechos de participación, acreditado mediante una declaración juramentada que indique no encontrarse incurso en las causales de suspensión previstas en el Art. 14 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador – Código de la Democracia;
- Haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación;
- Acreditar probidad notoria reconocida en el manejo adecuado y transparente de fondos públicos para aquellas personas que los hayan manejado, desempeño eficiente en la función privada y/o pública, así como diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones;
- Demostrar conocimiento o experiencia, en temas de organización, participación ciudadana, control social o en los asuntos relacionados con las funciones de la autoridad a designarse.
- Se hallaren en interdicción judicial mientras ésta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
- Hayan recibido sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista;
- Cuando el Tribunal Contencioso Electoral haya declarado en sentencia ejecutoriada la responsabilidad por el cometimiento de alguna infracción de las tipificadas en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador – Código de la Democracia, con esa sanción;
- Mantengan contratos con el Estado como persona natural, socio, representante o apoderado de personas jurídicas, para la adquisición de bienes, ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos naturales;
- No hayan cumplido con las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género;
- Hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto;
- Hayan sido sentenciados o sentenciadas por delitos de lesa humanidad y crímenes de odio;
- Tengan obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas;
- En los últimos dos años hayan sido o sean directivos o directivas de partidos o movimientos políticos inscritos en el Consejo Nacional Electoral y/o hayan desempeñado una dignidad de elección popular en el mismo lapso;
- Sean miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo o representantes de cultos religiosos;
- Adeuden pensiones alimenticias, debidamente certificadas por la autoridad judicial competente;
- Sea cónyuge, tenga unión de hecho sea pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social;
- Sea cónyuge, mantenga unión de hecho o sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con otra u otro postulante a la misma Comisión Ciudadana de Selección. De ocurrir el caso se sorteará a quien deba excluirse del proceso;
- El o la que en ejercicio de sus funciones públicas se le haya establecido una responsabilidad administrativa civil o penal; y,
- Incurran en las demás prohibiciones que determine la Constitución y la ley.
- El o la postulante acreditará no estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas, mediante una declaración juramentada en el formato único, otorgada ante Notario Público.
- Oficinas del CPCCS en Quito, en la Av. Amazonas 4430 y Villalengua, Edificio Amazonas 100, 3er. piso;
- Oficinas del CPCCS en Guayaquil, en P. Icaza entre Pedro Carbo y Pichincha, Edificio El Suizo, 4to. piso;
- Oficinas del CPCCS en todo el país que funcionan en las Delegaciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), ubicadas en las capitales provinciales;
- En el exterior en las oficinas y consulados del Ecuador.
Por ningún concepto se recibirán postulaciones fuera del término y horario previstos o en un lugar distinto a los indicados.
Toda la información relacionada se encuentra en la página web institucional www.participacionycontrolsocial.gob.ec
Marcela Miranda Pérez Antonio Velázquez Pezo
Presidenta del CPCCS Secretario General del CPCCS
Las postulaciones se recibirán a partir del lunes 5 de septiembre hasta el viernes 16 de septiembre de 2011, de 08h30 a 17h30, a excepción del último día en el que el plazo concluirá a las 24h00 para el territorio nacional y en la misma hora dentro del huso horario correspondiente en el exterior y en la provincia de Galápagos.
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NOTA: Se solicita a las y los postulantes presentar su documentación sin que esta se encuentre anillada, espiralada, empastada, etc.
SIGUIENTE ETAPA – REVISIÓN DE REQUISITOS
TODO EL PROCESO DE INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN CIUDADANA