REFORMA AL REGLAMENTO DE VEEDURÍAS INCLUYE PEDIDOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó, este 22 de octubre de 2014, la Reforma al Reglamento General de Veedurías Ciudadanas que actualiza los procedimientos, y el manejo de los informes preliminares y finales con el objetivo de agilitar el proceso de realización de veedurías, tomando en cuenta el principio de desconcentración.
Según el Reglamento aprobado, el CPCCS, a través de la Subcoordinación Nacional de Control Social y las delegaciones provinciales, apoyará los procesos de control social especialmente en capacitación, asesoría técnica y metodológica, asesoría especializada mediante expertos en cada área, para lo que buscará acuerdos y convenios interinstitucionales.
El CPCCS suscribirá, si es que los veedores lo consideran oportuno, la presentación de los pedidos de acceso a la información, con la finalidad de que las instituciones públicas y privadas que manejan fondos públicos o prestan servicios públicos, entreguen la información que las veedurías ciudadanas requieran.
La capacitación y acreditación de los veedores, según el principio de desconcentración, se acortó de 10 a 5 días y será responsabilidad de las delegaciones provinciales. De acuerdo con el carácter de la veeduría, la capacitación contará con apoyo de personal especializado.
La Subcoordinación Nacional de Control Social, a través de las oficinas provinciales del CPCCS, brindará la asistencia técnica y metodológica de forma permanente a la veeduría ciudadana para el cumplimiento del plan de trabajo y el cronograma previamente planteado.
Las veedurías presentarán informes parciales y uno final de forma obligatoria que será conocido por el Pleno del CPCCS. De observar posibles actos de corrupción o violación de los derechos de participación, se solicitará el inicio del correspondiente procedimiento de investigación. La Subcoordinación de Admisión conocerá el caso, únicamente con fines de registro.
La socialización de los resultados también será responsabilidad de las oficinas provinciales, que, en el término de 30 días, pondrán en conocimiento de las autoridades y ciudadanía las conclusiones y recomendaciones de la veeduría. El seguimiento a la implementación de las recomendaciones será conocido por el Pleno del CPCCS mediante informes cuatrimestrales.
El nuevo cuerpo legal contempla la elaboración y aprobación de una guía interna de procedimientos para veedurías ciudadanas que deben ser aplicadas por las servidoras y servidores del Consejo; y, un mapeo de veedurías ciudadanas acreditadas por el CPCCS en todo el país que será publicado y actualizado constante en el sitio web institucional.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
