Rendición de Cuentas: Deber de la autoridad, derecho de la ciudadanía
La rendición de cuentas, de acuerdo al artículo 89 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, es un proceso sistemático, deliberado, interactivo y universal, que involucra a autoridades, funcionarias y funcionarios o sus representantes y representantes legales, según sea el caso, que estén obligadas u obligados a informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en el ejercicio de su gestión y en la administración de recursos públicos.
La rendición de cuentas es un proceso mediante el cual quienes toman decisiones sobre la gestión de lo público, cumplen su deber y responsabilidad de explicar, dar a conocer o responder a la ciudadanía sobre el manejo de lo público y sus resultados logrados: La ciudadanía evalúa dicha gestión o manejo.
La rendición de cuentas actual incluye el período del año fiscal comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2014. Las instituciones y entidades de nivel territorial y gobiernos autónomos descentralizados (GAD´s), deben iniciar este proceso con la socialización a la ciudadanía en el mes de febrero de 2015 y la entrega del informe al CPCCS hasta el 31 de marzo del 2015.
La ciudadanía está llamada a participar en este proceso para exigir que las autoridades que se han elegido cumplan con lo que indica la ley y con lo que necesita cada una de sus localidades, cantones o provincias.