MOVILIZACIÓN SOCIAL ESTÁ AMPARADA EN LA CONSTITUCIÓN
David Rosero consejero del CPCCS, al referirse a las movilizaciones anunciadas por varios sectores sociales manifestó que las mismas “están garantizadas en la Constitución en ejercicio de los derechos de participación, organización, resistencia y fiscalización popular, establecidos en los artículos: 95, 96, 98 y 204 respectivamente”; señaló también que “la expresión más alta de participación es la organización y movilización social.”
El consejero Rosero argumento que la creciente conflictividad social que vive el Ecuador se debe a las políticas arbitrarias que viene adoptando el gobierno de espaldas al pueblo, sin la respectiva participación establecida en la Constitución.
La clave para resolver los problemas sociales y económicos del Ecuador es hacer parte a las y los ecuatorianos de la toma de decisiones sobre todos los asuntos de interés público, para de esta manera mejorar la gestión gubernamental sin afectar los derechos humanos de la población.
¨Hago un llamado al Presidente de la República para que se baje de su pedestal, escuche a los sectores populares y tome en cuenta sus criterios, con el objetivo de solucionar las distintas dificultades que afectan las condiciones de vida de la población ecuatoriana, eso es lo que establece la Constitución respecto a la participación¨, señaló Rosero.