- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE COMPAÑIAS
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE BANCOS
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE TELECOMUNICACIONES
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE CONTROL DEL PODER DE MERCADO
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
- PRIMERA AUTORIDAD DE SUPERINTENDENCIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTIÓN DE SUELO

2011
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
-CONVOCATORIA
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNA
- Resolución sobre conformación de equipo técnico *
- Terna enviada por el Ejecutivo *
- Primer Informe de verificación de requisitos *
- Solicitud de información adicional sobre la terna enviada por el ejecutivo*
- Respuesta del Ejecutivo con la información adicional solicitada*
- Segundo informe de verificación de requisitos*
- Acta de aprobación del informe de revisión de requisitos*
- Resolución de aprobación de la terna enviada por el ejecutivo*
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Resoluciones sobre convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana *
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana de la terna *
- Acta de conocimiento sobre impugnaciones presentadas*
- Impugnación presentada por Contraloría Social contra Suad Manssur*
- Alegato de defensa presentado por Suad Manssur*
- Acta resolución de impugnaciones presentadas*
- Notificación de impugnaciones*
Hojas de vida
2016
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
-CONVOCATORIA
- Resolución de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Compañías y Seguros *
- Memorando a Convocatoria a Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Compañías y Seguros *
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNA
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana de la terna *
- Publicación en medios El Telégrafo, Expreso *
- Notificación de impugnaciones *

2011
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Convocatoria a veeduría ciudadana para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Bancos*
- Publicación de convocatoria en medios*
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNAS
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
2016
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Resolución de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Bancos
- Memorando a Convocatoria a Veeduría Ciudadana
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Bancos *
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNAS
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana de la terna *
- Publicación en medios El Telégrafo, Expreso *
- Notificación de impugnaciones*

2012-2015
Información General
Art. 213.- Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Funciones de las Superintencias:
Las facultades específicas de las superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de acuerdo con la ley.
Las superintendencias serán dirigidas y representadas por las superintendentas o superintendentes.
Las superintendentas o los superintendentes serán nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna que enviará la Presidenta o Presidente de la República, conformada con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Requisitos para ser Superintendente:
La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades.
CPCCS DESIGNÓ NUEVO SUPERINTENDENTE DE TELECOMUNICACIONES
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social – CPCCS designó el jueves 30 de diciembre, al Superintendente de Telecomunicaciones, Fabián Jaramillo Palacios, luego de cumplir con el proceso de veeduría e impugnación ciudadana.
Como señala el Art. 17 del Reglamento para la Designación de la Primera Autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las Superintendencias, por ternas propuestas por el Ejecutivo, el Pleno del CPCCS remitirá a la Asamblea Nacional la resolución con los nombres de las autoridades designadas para su posesión.
Normativa
Conformación de Veeduría
Terna
Escrutinio público e impugnación ciudadana
Designación

2012-2017
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
Sitio web de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Resolución para conformación de veeduría ciudadana*
- Solicitud de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Superintendencia de Economía Popular y Solidaria *
- Convocatoria para la inscripción de Veeduría Ciudadana para “Vigilar la Designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria *
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
- Memorando Convocatoria a Conformación de Veeduría*
- Informe de verificación de cumplimiento de requisitos*
- Resolución del informe de cumplimiento de requisitos*
- Informe de taller de capacitación y acreditación de veeduría *
- Informe Final de Veeduría*
TERNA
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana a la terna remitida por la presidenta o el presidente de la república para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria*
- Informe de Impugnaciones*
DESIGNACIÓN
2017-2022
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Solicitud de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la Designación de la Superintendencia de Superintendencia de Economía Popular y Solidaria *
- Convocatoria para la inscripción de Veeduría Ciudadana para “Vigilar la Designación de la primera autroridad de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria *
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNA
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana a la terna remitida por la presidenta o el presidente de la república para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria*
- Publicaciones en medio El Telégrafo– La Hora– Expreso *
- Notificación de impugnaciones *

2012-2017
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Solicitud de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la Superintendencia de Control de Poder del Mercado *
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Control del Poder del Mercado*
– CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNAS
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
Hojas de vida de los integrantes de la segunda Terna
2017-2022
INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Solicitud de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la Superintendencia de Control de Poder del Mercado *
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Control del Poder del Mercado*
– CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNAS
- Resolución de conformación de equipo técnico *
- Ternas del Ejecutivo *
- Informe verificación de requisitos **
- Resolución sobre el informe de verificación de requisitos **
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA
- Convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana de la terna **
- Notificación de impugnaciones **
DESIGNACIÓN
- Resolución de la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Control de Poder del Mercado **
- Notificación de Designación **

2013
INFORMACIÓN GENERAL
Las Superintendencias:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
- vigilancia,
- auditoría,
- intervención y
- control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Las superintendentas o los superintendentes son nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de una terna enviada por la Presidenta o Presidente de la República, conformada con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Superintendente de la Información y Comunicación
La ley de Comunicación establece la creación de una Superintendencia de la Información y Comunicación como un organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionatoria, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa; que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación.
La Superintendencia tendrá en su estructura intendencias, unidades, divisiones técnicas, y órganos asesores que se establezcan en la normativa que para el efecto emita.
Las resoluciones que emita la Superintendencia en el ámbito de su competencia son de obligatorio cumplimiento.
Proceso de designación:
La o el Superintendente será nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna que enviará la Presidenta o Presidente de la República de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Sitio web de la Superintendencia de Información y Comunicación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA CIUDADANA
-CONVOCATORIA
- Resolución de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana*
- Memorando de publicación a convocatoria a Veeduría Ciudadana*
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana *
-CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL
TERNA
ESCRUTINIO PÚBLICO E IMPUGNACIÓN CIUDADANA

INFORMACIÓN GENERAL
LAS SUPERINTENDENCIAS:
La sección cuarta de la Constitución de la República del Ecuador establece que las Superintendencias son organismos técnicos de:
· vigilancia,
· auditoría,
· intervención y
· control
De las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Superintendencia de Ordenamiento Territorial y Uso y Gestión del Suelo
Se crea la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo para la vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial de todos los niveles de gobierno, y del uso y gestión del suelo, hábitat, asentamientos humanos y desarrollo urbano, que realizan los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos dentro del marco de sus competencias.
La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo será una entidad técnica de vigilancia y control, con capacidad sancionatoria, personería jurídica de derecho público y patrimonio propio, que funcionará de forma desconcentrada e independiente. Tendrá autonomía administrativa, económica y financiera. Formará parte de la Función de Transparencia y Control Social, y será dirigida, organizada y representada por la o el Superintendente.
Son atribuciones de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo:
1. Vigilar y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas relativas a los procesos e instrumentos de ordenamiento territorial en todos los niveles de gobierno y la aplicación de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial en su componente de ordenamiento territorial.
2. Vigilar y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas relativas al planeamiento urbanístico, el uso y la gestión del suelo urbano y rural.
3. Controlar la aplicación de la planificación nacional, sectorial y local, en concordancia con los instrumentos de uso y gestión del suelo, definidos en esta Ley.
4. Vigilar que los instrumentos de uso y gestión del suelo se articulen con la planificación nacional y sectorial.
5. Controlar que los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos impongan las sanciones administrativas previstas en esta Ley.
6. Imponer las sanciones que corresponda por incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley, demás normativa vigente que regule el ordenamiento territorial, el uso y la gestión del suelo, el hábitat y la vivienda.
7. Definir las medidas, los mecanismos y los plazos para remediar el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley, de conformidad con lo establecido en el Reglamento.
8. Llevar un registro de los planes de desarrollo y ordenamiento territorial formulados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
9. Requerir a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y demás instituciones relacionadas con el ordenamiento territorial y el uso y gestión del suelo, y a la ciudadanía en general, información que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones.
10. Evaluar el cumplimiento y la aplicación de las regulaciones nacionales y locales, con el objeto de exigir su acatamiento.
11. Las demás que establezca la ley.
Proceso de designación:
La o el Superintendente es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna enviada por el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.
Las ternas que envía el Ejecutivo deben respetar la alternabilidad entre hombres y mujeres y bajo el principio de interculturalidad.
Las ternas deben estar conformadas con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Fases del proceso de designación:
1.- Solicitud de las ternas al presidente de la República
2.- Verificación de requisitos
3.- Impugnación Ciudadana (Audiencias públicas)
4.- Designación
NORMATIVA
CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA
– CONVOCATORIA
- Solicitud de publicación de convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo *
- Convocatoria a Veeduría Ciudadana para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo *
– CONFORMACIÓN DE VEEDURÍA E INFORME FINAL