Dejar sin efecto todas las actuaciones emitidas en el CPCCS que han constituido un incumplimiento del dictamen Nro. 2-19-IC/19, emitido por la Corte Constitucional del Ecuador, conforme dicho órgano constitucional estableció en el Auto de Verificación Nro. 2-19-IC/23 de 06 de octubre de 2023, párrafo 200, numeral 5, literales a) y b).