Quito, 16 de diciembre de 2022
Boletín de Prensa Nro. 1794
CPCCS recibe nueva terna para designación de Vocal y Presidente del Consejo de la Judicatura
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) recibió la terna para el proceso de designación del vocal del Consejo de la Judicatura, en representación de la Corte Nacional de Justicia que, de acuerdo con lo que dispone el Art.179 de la Constitución de la República del Ecuador, presidirá el Consejo de la Judicatura.
Esta entrega responde a la resolución tomada por el Pleno del CPCCS, en la que se ratificó que la descalificación establecida en la Resolución Nro. CPCCS-PLE-SG-043-2022-047, de 23 de noviembre del 2022, se aplicaba a los postulantes Marco Antonio Tello Sarmiento y Andrés Mogrovejo Abad, integrantes de la terna anterior, ante lo cual, la Corte Nacional de Justicia debía completarla con dos nuevos integrantes, dentro del plazo de 4 días. Al no haberse presentado dentro del plazo establecido, se otorgó 3 días de plazo para la entrega de una nueva terna.
La terna entregada está integrada por:
- Dr. Wilman Gabriel Terán Carrillo, juez de la sala Civil y Mercantil.
- Dra. Mercedes Johana Caicedo Aldaz, conjueza.
- Dr. Luis Antonio Rivera Velasco de la sala Especializada Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado.
Según lo establecido en el Reglamento para la Designación de los Miembros del Consejo de la Judicatura, en caso de ausencia definitiva de vocales titulares y suplentes, la Comisión Técnica verificará el cumplimiento de requisitos, prohibiciones e inhabilidades en el plazo de 2 días luego de recibir la terna, y presentará un informe que debe ser conocido por el Pleno del CPCCS.
El Art. 12 señala que en el caso de que todos los integrantes de la terna, algún, o alguno de sus integrantes no cumplan con los requisitos o estén incursos en cualquiera de las prohibiciones, el Pleno notificará, dentro del plazo de dos días, a la autoridad correspondiente, para que se remita una nueva terna, o la complete, de ser necesario. En estos casos, se cumplirá con el mismo proceso de verificación y se continuará con el proceso de designación.
Una vez aprobado el informe de verificación de requisitos e inhabilidades iniciará la fase de impugnación ciudadana. En el caso de ser calificadas las impugnaciones, se continuará con el procedimiento a través de Audiencias Públicas de Sustentación, caso contrario, se ordenará su archivo.
Terminada la etapa de impugnación ciudadana, el Pleno del CPCCS convocará a los candidatos a presentarse a una Audiencia Pública, en la que cada candidato realizará una exposición sobre las principales propuestas de mejora institucional que implementaría en caso de ser designado. Finalmente, el Pleno, de forma motivada, resolverá designar al vocal del Consejo de la Judicatura que corresponda.
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
Quito, 13 puncha kapak killa 2022 wata
1787 Yupay Willay
Kimsa puncha ukupimi Corte Nacional de Justicia kamaywasika kimsa mushuk shutikunata kachana kan Vocal del Consejo de la Judicatura pushakta akllankapak
Ecuador Mamallakta Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuyka (CPCCS) kimsa punchata kurka Corte Nacional de Justicia (CNJ) kamaywasita, kimsa mushuk shutikunata kachachun Consejo de la Judicatura vocal pushak shinallatak ñawpachik pushakta akllamkapak, akllay uchillakamachiyta katisha. Kay sinchiyuyarika kurkami CNJ pushak tapuy rurashka hipa.
Dr. Iván Saquicela, killay mañay kachaskapi CPCCS kamaywasita tapun, tapuykika nin doctores Marco Antonio Tello Sarmiento y Andrés Esteban Morgovejo Abad kawsay willay pankakunalla tikrachina kan, chaypillatak doctora Alexandra Vallejo Bazante kawsay willay pankatapish patarishka kan nishka hipa yuyarishka.
Sinchiyuyarika kay kuna nin:
Artículo 1.- Dar por conocido el oficio Nro. 1843-P-CNJ-2022 de fecha 12 de noviembre suscrito por el Dr. Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional de Justicia.
Artículo 2.- Aplicar la atribución prevista en el literal e) del artículo 4 de la Codificación del Reglamento para la designación de los Vocales del Consejo de la Judicatura, en caso de ausencia definitiva de vocales principales y/o suplentes, referente a las situaciones no previstas, y ratificar que la descalificación establecida en la Resolución Nro. CPCCS-PLE-SG-043-2022-047, de 23 de noviembre del 2022, se aplicaba a los postulantes Marco Antonio Tello Sarmiento y Andrés Mogrovejo Abad, ante lo cual, la Corte Nacional de Justicia debía completar la terna con dos nuevos integrantes, dentro del plazo de 4 días, conforme lo establecido en el artículo 20 del Reglamento correspondiente, lo cual no ha ocurrido hasta la presente fecha y, por ende, la terna en su totalidad ha caducado, al haber precluido el plazo para completar la misma.
Artículo 3.-. Disponer a la Corte Nacional de Justicia que, en el plazo de 3 días, proceda a remitir una nueva terna para la designación del vocal del Consejo de la Judicatura, representante de la Corte Nacional de Justicia que presidirá dicho organismo, en los términos resueltos en el artículo 2, de la presente Resolución.
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
CPCCS Ñawpachik pushak