Quito, 21 de febrero de 2022
Boletín de Prensa Nro. 1328
Ciudadanos pueden inscribirse para ser veedores durante el proceso de designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Compañías
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó el informe de admisibilidad para la conformación de la Veeduría Ciudadana que vigilar la transparencia en el proceso de designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, durante la Sesión Extraordinaria Nro. 9, del 21 de febrero.
De acuerdo con el informe, se recibieron dos inscripciones que cumplen con los requisitos, las que corresponden a los ciudadanos César Baque Zavala y Carlos Silva Mejía. El Reglamento de Veedurías para los Procesos de Selección de los Miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de Autoridades, no señala el mínimo de integrantes que deben ser acreditados para que la Veeduría Ciudadana pueda iniciar su vigilancia.
En concordancia con la referida normativa, Art. 35, segundo párrafo: “(…) Una vez que la veeduría ciudadana ha sido conformada y el procedimiento de vigilancia ha iniciado, podrán incorporarse nuevos integrantes a la misma, siempre que cumplan con las etapas descritas en los artículos anteriores“, se mantendrá abierta la opción para que la ciudadanía pueda sumarse a este proceso de vigilancia durante el proceso de selección, mientras se continúa con la inducción y acreditación de las personas inscritas.
Adicionalmente, dentro del proceso para la designación de la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado, se dispuso a la Coordinación General de Asesoría Jurídica, elaborar una propuesta de Reglamento para el proceso de designación, en un término de cinco días.
En otro punto del orden del día, el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, una vez conocido un informe motivado, resolvió la remoción del Secretario de Transparencia y Lucha contra la corrupción al concluir que se presentaron varios incumplimientos a la norma relacionados con los plazos de los informes de investigación y la entrega de información oportuna a las autoridades.
Según la normativa vigente, le compete al Presidente del CPCCS, presentar una terna ante el Pleno para que se designe un nuevo/a Secretario/a. Los requisitos y prohibiciones para las Secretarias o Secretarios Técnicos son los mismos que para la selección de las consejeras y consejeros, además de poseer título universitario de tercer nivel y tener experiencia de al menos cinco años en procesos de participación y control social.
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
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