Quito, 14 de marzo de 2022
Boletín de Prensa Nro. 1355
Convocatoria a Veeduría para vigilar el proceso de designación del titular de la Autoridad de Protección de Datos
Los ciudadanos y ciudadanas interesados en vigilar la transparencia del proceso de selección y designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Protección de Datos, pueden inscribirse en la Veeduría Ciudadana que se conformará con ese propósito.
Las inscripciones se recibirán del 15 al 24 de marzo de 2022 a las 17:00 en todo el territorio nacional. Debido a la emergencia sanitaria que atraviesa el país, las inscripciones se recibirán de manera virtual a través de los siguientes enlaces:
Para personas naturales https://bit.ly/3i6NYn4
Para personas auspiciadas por organizaciones sociales https://bit.ly/3COzPVc
Documentos a entregarse:
- Formulario de inscripción (disponible en este enlace).
- Formulario de declaración juramentada (disponible en este enlace).
- Formulario de hoja de vida (disponible en este enlace).
- Copia de cédula de ciudadanía.
- Copia de papeleta de votación actualizada.
- Los representantes de las organizaciones sociales deben acreditar tal representación mediante la respectiva carta de auspicio.
Requisitos:
a) Ser ecuatoriano o ecuatoriana; y,
b) Encontrarse en ejercicio de los derechos de participación
Prohibiciones:
a) Ser servidores públicos bajo cualquier modalidad o tener contratos en las instituciones a las pertenezca la autoridad a designarse, determinadas en los numerales 10, 11 y 12 del Art. 208 de la Constitución de la República; y,
b) Pertenecer a más de una veeduría en curso, dentro del proceso de selección de los miembros de las comisiones ciudadanas y para la selección de autoridades.
De acuerdo con el Art. 5 del Reglamento de Veedurías Ciudadanas para los Procesos de Selección de los Miembros de las Comisiones Ciudadanas y para la Designación de Autoridades, las veedurías ciudadanas constituyen mecanismos de control social. El ejercicio de la veeduría tiene carácter cívico y voluntario, proactivo, por tanto no constituyen órganos ni dependencias del CPCCS y no existe con sus miembros relación de dependencia laboral.
Descarga aquí:
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
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