
¿Qué son los Consejos Barriales?
Los Consejos Barriales son espacios de participación que nacen de las unidades básicas de participación ciudadana (UBPC).
Los colectivos, comités, grupos, etc, existentes en el territorio, se deben articular a las unidades básicas de participación. Estas formas de organización se llaman “articulaciones socio-organizativas”
Según lo establecido en los artículos 306, 307 y 308 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización- COOTAD, las UBPC deben ser reconocidas en los Gobiernos Autónomos Descentralizados de los diferentes niveles de gobierno y en el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación.
Según su ubicación geográfica existen los siguientes consejos barriales:
- Consejos Barriales (áreas urbanas);
- Consejos parroquiales (áreas urbanas);
- Consejos Recintales (áreas rurales);
- Comunas y comunidades (áreas rurales con territorios comunitarios)
Los Consejos Barriales y Parroquiales Urbanos, así como sus articulaciones socio-organizativas, son los órganos de representación comunitaria y se deben articular al Sistema de Participación Ciudadana.
¿Cómo se eligen sus representantes?
En cada barrio, recinto o parroquia urbana se realiza una convocatoria para la inscripción por listas. De estas listas, mediante elección universal, directa y secreta, se definen los representantes.
Solamente pueden votar los pobladores empadronados.
¿Cuáles son las funciones de los Consejos Barriales?
El COOTAD establece, en el artículo 307, las siguientes funciones para los CB y Parroquiales Urbanos:
- Representar a la ciudadanía del barrio o parroquia urbana y a las diversas formas de organización social existentes en el espacio territorial.
- Velar por la garantía y el ejercicio de los derechos ciudadanos.
- Ejercer el control social sobre los servicios y obras públicas.
- Apoyar a programas y proyectos de desarrollo social, económico y urbanístico a implementarse en beneficio de sus habitantes.
- Participar en los espacios y procesos de elaboración de los planes de desarrollo, operativos anuales y del presupuesto en sus respectivas jurisdicciones territoriales.
- Promover la integración y participación de todos los pobladores y pobladoras del barrio.
- Promover la capacitación y formación de las y los pobladores del sector para que actúen en las instancias de participación.
- Ejercer los demás derechos políticos y ciudadanos reconocidos en la Constitución
Guía para la promoción de espacios de participación:
