Quito, 11 de agosto de 2021
Boletín de Prensa Nro. 1055
CPCCS responde petición judicial sobre la Defensoría del Pueblo
En atención al pedido del juez de la Unidad Judicial Multicompetente de San Cristóbal, que solicitó certificar quién es el Defensor o Defensora del Pueblo subrogante, el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) resolvió, este 11 de agosto, responder conforme el siguiente precepto jurídico:
De acuerdo a las normas constitucionales y legales, al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) le corresponde la designación del titular de la Defensoría del Pueblo. En caso de ausencia temporal de la Defensora o Defensor del Pueblo, lo reemplazará quien ejerza la Vicedefensoría, y su designación corresponde al titular de la institución.
Es así que se informará al juez que, mediante resolución No. PLE-CPCCS-T-E-380-10-04-2019 del 10 de abril del 2019, previo concurso público de méritos y oposición se designó al Dr. Freddy Vinicio Carrión Intriago como Defensor del Pueblo.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
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