Quito, 15 de agosto de 2022
Boletín de Prensa Nro. 1559
Presidente del CPCCS: “No se permitirán injerencias en la designación del titular de la Superintendencia de Bancos”
La única autoridad competente para designar a la Primera Autoridad de la Superintendencia de Bancos es el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y no existe resolución de designación válida, por lo que el señor Raúl Agustín González Carrión no ha sido designado como superintendente, indicó el presidente Abg. Hernán Ulloa durante la rueda de prensa a los medios de comunicación
“Si se ha posesionado a una autoridad con base en una resolución anulada, en un silogismo o análisis jurídico de las circunstancias, se obtiene que la Asamblea Nacional ha designado a esta autoridad”, y no el Consejo de Participación Ciudadana, por ello “mientras yo sea el presidente, dijo Hernán Ulloa, no puedo permitir que exista ningún tipo de injerencias por parte de otra Función del Estado.
La sentencia constitucional declaró la nulidad del proceso de designación anterior realizado por el CPCCS, por tanto esa resolución del Pleno ya no surte efectos jurídicos hacia el exterior, es decir no podía en lo absoluto hacerse la posesión de esta autoridad mientras el control constitucional así lo disponga “nosotros no estamos ante la posibilidad de decirle a la señora jueza que no se va a cumplir su disposición porque tenemos que esperar una resolución de segunda instancia, esto no es posible porque esto implicaría caer en el incumplimiento de una disposición de autoridad competente lo cual es sancionado con la destitución del cargo”.
El Abg. Ulloa indicó que el CPCCS se encuentra dando cumplimiento a la sentencia constitucional que resolvió: “la nulidad radical o de pleno derecho del proceso de designación de superintendente de bancos que desarrolló el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (…)”.
Por ello, una vez recibida la nueva terna por parte del Ejecutivo, se dispuso a la Comisión Técnica la elaboración del “Informe de recomendación, en cumplimiento con el artículo 13 del Reglamento para la designación de la Primera Autoridad de la Superintendencia de Bancos”; que califica la admisibilidad de los ciudadanos que conforman la terna. Este informe ya se encuentra elaborado y será conocido en una próxima sesión del Pleno.
El presidente Hernán Ulloa indicó que las decisiones del Consejo no han afectado la institucionalidad de la nación, “las circunstancias que el día de hoy mantienen en crisis nuevamente al Ecuador, han sido por decisiones ajenas al Consejo”. Explicó además que, tanto el CPCCS, como las demás instituciones, poderes y Funciones del Estado están sometidos al control constitucional”.
El titular del CPCCS aclaró, además que mientras este proceso concluya, le compete ejercer las atribuciones de Superintendente de Bancos a la Ing. Guadalupe Cabezas, en calidad de autoridad subrogante, de conformidad con lo previsto en el “Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos y Seguros”.
El cumplimiento de las obligaciones y mandatos constitucionales y legales por parte de todas las instituciones, con independencia y responsabilidad con la ciudadanía, es la única manera de que se garantice la institucionalidad y el Estado de Derecho, finalizó el presidente del CPCCS.
Comunicado a las autoridades del Estado
Comunicado a la superintendenta subrogante
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
kichwa