Los principios son regla s o normas que orientan la acción de un ser humano, por ello el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social ha definido:
Igualdad. – Se garantiza a las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, iguales derechos, condiciones y oportunidades para participar, incidir y decidir en la vida pública del Estado y la sociedad.
Ética Laica. – Se garantiza el accionar sustentado en la razón, libre de toda presión o influencia preconcebida y toda creencia confesional, por parte del Estado y sus funcionarios.
Diversidad. – Se reconocen e incentivan los procesos de participación basados en el respeto y el reconocimiento del derecho a la diferencia, desde los distintos actores sociales, sus expresiones y formas de organización.
Interculturalidad. – Se valoran, respetan y reconocen las diversas identidades culturales para la construcción de la igualdad en la diversidad.
Deliberación Pública. – Se garantiza una relación de diálogo y debate que construya argumentos para la toma de decisiones en torno a los asuntos de interés público para la construcción del buen vivir.
Autonomía social. – Los ciudadanos y ciudadanas, en forma individual o colectiva, deciden con libertad y sin imposición del poder público, sobre sus aspiraciones, intereses y la forma de alcanzarlos; observando los derechos constitucionales.
Independencia. – El Consejo actuará sin influencia de los otros poderes públicos, así como de factores que afecten su credibilidad y confianza.
Complementariedad. – El Consejo propiciará una coordinación adecuada con otros organismos de las Funciones del Estado, los diferentes niveles de gobierno y la ciudadanía. Podrá requerir la cooperación de otras instancias para alcanzar sus fines.
Subsidiaridad. – El Consejo actuará en el ámbito que le corresponda en los casos que no sean de competencia exclusiva de otros órganos de la Función de Transparencia y Control Social u otras Funciones del Estado, evitando superposiciones.
Transparencia. – Las acciones del Consejo serán de libre acceso a la ciudadanía y estarán sujetas al escrutinio público para su análisis y revisión.
Publicidad. – La información que genere o posea el Consejo es pública y de libre acceso, salvo aquella que se genere y obtenga mientras se desarrollan procesos de investigación de acuerdo
a la Constitución y la ley.
Oportunidad. – Todas las acciones del Consejo estarán basadas en la pertinencia y motivación
Imaruray
Kamakwasipak Tiksikuna:
Tiksikunaka kanmi utkachikuna tiyaykuna rukunapak ruraykunata rikuchiymi, chaymanta Ecuador Mamallakta Runa Tantanakuymanta Ñawinchinamantapash Hatun Tantanakuyka shina nin:
Kawsaypura.- Chanichisha, tawka kawasaykunata riksisha sumaychayshapish paktalla kanaman shayachinkapak.
Paktalla.- tiksi allishunku mana kaspaka pakta kana. Paktallaka ninmi munashkata tarichun kay llakta tukuypak sumak kachun.
Tawkasami.- Ayninakuy llamkayta kuyuchisha chikan kawsayta riksisha sumakyachishapish, chikan pushakkunapak rimaykunata tantarikunata rikusha.
Ayninakuy.- Kushkita kamakpi llaktayukkuna yuyayta uyasha paktachina shina haynikunata paktachiyka ñawpakman katinkami.




