EN EL 2013 EL CPCCS RECEPTÓ 334 DENUNCIAS Y PEDIDOS CIUDADANOS
Conforme lo determina el Reglamento de Denuncias y Pedidos, la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) presentó al Pleno, este miércoles 9 de abril de 2014, el informe correspondiente al año 2013 respecto de las denuncias y pedidos de actos que generan corrupción y afectación a los derechos de participación, receptados por esta entidad, y el análisis de admisibilidad mediante resoluciones motivadas.
Según el informe presentado, se receptaron 209 denuncias y 125 pedidos, es decir un total de 334 trámites. La mayoría de denuncias fueron receptadas en Guayas (43) y Pichincha (37).
Del total de denuncias, 154 no se admitieron por falta de competencia del CPCCS según el siguiente desglose:
- 36 denuncias se presentaron en contra de servidores judiciales o fueron relativas a procesos judiciales, cuyo trámite le compete al Consejo de la judicatura;
- 81 se encontraban ya en conocimiento de otras instituciones del Estado;
- 37 correspondían a asuntos de interés particular o denuncias en contra de particulares.
Además, 34 denuncias fueron archivadas por no cumplir con los requisitos formales o no se ha completado o aclarado la denuncia por parte del denunciante a pesar del pedido del CPCCS.
En materia de denuncias, la determinación de la competencia del CPCCS para admitir una denuncia es un proceso de análisis jurídico respecto de sus atribuciones legales y constitucionales. Por ello el CPCCS aclara que la interferencia en las competencias de otras instituciones u órganos del Estado, así como en procesos que ya se encuentran judicializados, podría ocasionar una lesión de derechos o afectación de principios constitucionales.
Adicionalmente, cabe señalar que la institución cuenta con un servicio de orientación jurídica para la ciudadanía respecto de sus denuncias y pedidos.
Sobre los pedidos recibidos, es decir, sobre la solicitud que hace la ciudadanía para que el CPCCS intervenga cuando sus denuncias, quejas o pedidos no han sido atendidas por otras instituciones del sector público, el informe da cuenta de 125 trámites receptados y de ellos 38 admitidos a trámite y finalizados. Del resto de pedidos, en 54 de ellos se solicita un pronunciamiento sobre el fondo del asunto o acción y 18 se relacionan con procesos judiciales o administrativos ya regulados, por lo que no fueron admitidos. Finalmente 15 se archivaron por no cumplir con los requisitos o no haberse completado por parte del ciudadano tramitante a pesar del requerimiento del CPCCS.
Es importante aclarar que según lo determina la Ley Orgánica del CPCCS y el Reglamento de Denuncias y Pedidos, se debe guardar absoluta reserva sobre los procesos en investigación. Una vez concluido, el informe determina o no la existencia responsabilidades civiles, penales o administrativas y lo remite a las instancias del sistema de justicia que corresponda.
El papel del CPCCS es acompañar y respaldar al ciudadano para que su denuncia sobre un posible hecho de corrupción cuente con elementos jurídicos y analíticos, producto de una investigación y, una vez presentado este informe de investigación ante los organismos correspondientes, darle seguimiento actuando como parte procesal hasta la resolución del caso.