Andrea Rivera y David Rosero presentan recurso de Amicus Curiae
Los consejeros de Participación Ciudadana y Control Social, Andrea Rivera y David Rosero presentaron el recurso de Amicus Curiae ante la Corte Constitucional, respecto a la propuesta de reformas constitucionales que afectarían derechos de participación.
Según lo manifestaron los consejeros en una rueda prensa, la propuesta de “enmienda” planteada por la Asamblea Nacional, no debería ser tratada como tal, ya que restringe derechos y garantías constitucionales, por lo tanto, tal como lo determina el artículo 441 de la Constitución, no es posible realizar los cambios bajo la figura de enmienda, ya que constituyen reformas constitucionales.
Señalaron además, que en el caso de ser admitidas como reformas constitucionales la propuesta de la Asamblea, deberán apegarse a lo determinado en el artículo 444 de la Constitución, es decir a través de Consulta Popular, Asamblea Constituyente y Referéndum, por significar cambio en la estructura del estado y retroceso en derechos y garantías.
Respecto al artículo dos de la propuesta señalada, en referencia al artículo 104 de la Constitución del Ecuador, se pretendería limitar los temas sobre los cuales la ciudadanía puede solicitar la convocatoria a consulta popular a través de los gobiernos autónomos descentralizados, de la misma manera, la ciudadanía no podría solicitar la convocatoria a consulta popular sobre cualquier asunto como hoy lo establece la Constitución en el artículo ya referido, sino que, al ser, actualmente, la Corte Constitucional la obligada a emitir dictamen sobre la constitucionalidad de las preguntas de la consulta, con la propuesta, además, la Corte tendría la potestad de determinar si el tema a ser consultado es o no pertinente, señaló Andrea Rivera.
Por su parte, David Rosero advirtió que el numeral 8 del artículo 11 de la Carta Magna señala que “… Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.”, y al ser esta propuesta regresiva, estamos en la obligación como ciudadanos y ciudadanas de intervenir para defender la Constitución con el recurso amicus curiae con la finalidad de que la Corte Constitucional considere nuestro análisis antes de emitir una resolución.
Ser consultadas y consultados es un derecho de participación de las y los ecuatorianos, no se puede restringir un derecho bajo la figura de “enmienda”, finalizaron los consejeros.
Quito, 30 de julio de 2014