Quito, 9 de marzo de 2022
Boletín de Prensa Nro. 1343
Pleno del CPCCS resuelve sobre el carácter público de la información relacionada con los procesos de designación de autoridades
Al iniciar la Sesión Ordinaria Nro. 8. del Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de este 9 de marzo, el presidente de la institución, Abg. Hernán Ulloa, dio la bienvenida a los siete consejeros con un llamado a la unidad del organismo “Es momento de dejar a un lado este capítulo (…) para que de forma conjunta podamos construir procesos transparentes” enfatizó.
En la Sesión el Pleno del CPCCS resolvió sobre una consulta realizada por los equipos técnicos de los concursos de designación de autoridades que, al recibir un requerimiento de información de la Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional, manifestaron dudas sobre una posible discrepancia entre los artículos 4 y 8 del Reglamento de Comisiones Ciudadanas de Selección que, por un lado, exige la reserva sobre los documentos e información relacionada con los concursos, y por otro, dispone hacer pública la información de los procesos.
El presidente Ulloa explicó que solicitó un criterio jurídico sobre el tema, con el objeto de dar trámite a la solicitud de la Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional.
Los mencionados artículos señalan específicamente:
- “Art. 4.- Publicidad de la información y notificaciones. Con el fin de transparentar los procesos de selección y garantizar el control social, toda información relacionada con la aplicación de este Reglamento será pública y constará en el portal web institucional”.
- Art. 8.-“Guardar absoluta reserva sobre los documentos e información relacionada con el concurso”.
El criterio jurídico indica que, de acuerdo con la normativa legal vigente, toda la información relacionada con la conformación y funcionamiento de las Comisiones Ciudadanas de Selección (CCS) tiene el carácter de pública. Además, indica que la obligación del equipo técnico de guardar reserva de la documentación, en el marco de sus funciones, que consisten en brindar apoyo administrativo, logístico y operacional a los procesos, no da el carácter de reservada a la información relacionada con la conformación, organización y funcionamiento de las CCS, pues como ya se ha establecido en el marco normativo, esto debería encontrarse debidamente previsto en la Ley.
En consecuencia, el informe concluye que no existe contradicción normativa, pues el alcance de la obligación de reserva no contradice el carácter público de la información en cuestión.
En ese sentido, el Pleno del CPCCS resolvió acoger el informe jurídico y disponer a los equipos técnicos de todos los concursos de méritos y oposición de los procesos de designación de autoridades en curso que, en coordinación con la Secretaría General del CPCCS, remitan la información solicitada a la Asamblea Nacional.
Resolvió también la reestructuración de todos los equipos técnicos que se encuentran incompletos por renuncia y notificación de salida del personal que los conforman, y disponer la apertura de los espacios físicos asignados a dichos equipos técnicos, con la presencia de un notario público, de todos los miembros que desempeñaron actividades de forma previa a esta resolución y de los veedores ciudadanos de los concursos, para que se realice la entrega recepción de los expedientes.
En relación a la apertura de los espacios asignados a los equipos técnicos, el presidente Ulloa explicó que hay documentación a la que no se puede acceder, pues los espacios están cerrados y las llaves bajo custodia de personal que actualmente no labora en el Consejo y, por prudencia, no se han tocado esas puertas, hasta contar la presencia de un notario público que dé la solemnidad de lo que se encuentre allí.
Abg. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
kichwa