Quito, 17 de mayo de 2016
Boletín de Prensa No.214
CPCCS APRUEBA REGLAMENTO PARA DESIGNAR DEFENSOR DEL PUEBLO
El Pleno de Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó el Reglamento del Concurso de Oposición y Méritos para la selección y designación de la Primera Autoridad de la Defensoría del Pueblo.
El documento consta de 6 capítulos, 4 títulos y 49 artículos que norman el procedimiento de designación que se realizará a través de una Comisión Ciudadana de Selección y que contará con veeduría e impugnación ciudadana.
Los requisitos establecidos en el Reglamento para ser Defensor del Pueblo son: ser ecuatoriana o ecuatoriano, hallarse en goce los derechos políticos y de participación, tener título de tercer nivel en derecho, haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado, judicatura o docencia universitaria y acreditar trayectoria en la defensa de los derechos humanos.
Se calificará los méritos de las y los postulantes sobre un total de cincuenta puntos en los que se considerará la formación académica, capacitación específica, experiencia laboral, liderazgo y participación. En la evaluación de méritos se aplicarán criterios de acción afirmativa que promuevan la igualdad.
En el tema de oposición se incorpora, además de la prueba escrita, una prueba práctica con la asignación de casos, cuyo procedimiento se especificará en un instructivo que se elaborará para el efecto.
El Pleno del CPCCS Convocará a la conformación de la Comisión Ciudadana de Selección que será la encargada de llevar a cabo el proceso de designación del Defensor del Pueblo.
COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
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