CONVOCATORIA A INTEGRAR VEEDURÍA
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de conformidad con lo que establece el Artículo 28 literal C) del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas y mediante RESOLUCION Nº PLE-CPCCS-703-01-08-2017, invita a las y los ciudadanos, ya sea de forma individual o colectiva a inscribirse en la veeduría ciudadana para:
VIGILAR EL PROCESO DEL CONCURSO DE MERITOS Y OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DEL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN JAMA, PROVINCIA DE MANABÌ”.
Los/as interesados/as en participar en las veedurías deberán llenar el formulario de inscripción, fotocopia de cédula de ciudadanía y de la papeleta de votación, hoja de vida y fotografía tamaño carnet. Es necesario entregar esta documentación en las oficinas del CPCCS o sus delegaciones provinciales en el término de diez días contados a partir de la fecha de convocatoria.
Las inscripciones se recibirán hasta el MARTES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
De acuerdo con el Reglamento General de Veedurías ciudadanas Art. 7 Las veedurías no constituyen órganos ni dependencias del CPCCS, como tampoco de otras entidades del Estado; por tanto, no existe relación de dependencia laboral entre el CPCCS u otro órgano del Estado y los miembros de las veedurías ciudadanas. El ejercicio de la veeduría tiene carácter cívico, voluntario y proactivo.
Art. 12.- Requisitos para ser Veedor/a:
- Ser ecuatoriano residente en el Ecuador o en el extranjero, en goce de los derechos de participación;
- En el caso de ciudadanos extranjeros, encontrarse en situación migratoria regular en el Ecuador, en ejercicio de los derechos de participación.
- En el caso de personas jurídicas u organizaciones de hecho, encontrarse debidamente reconocidas ante las entidades correspondientes, o sus comunidades.
- Contar con una carta de delegación en caso de actuar en representación de organizaciones de la sociedad.
Art. 13.- Inhabilidades para ser veedor/a: No podrán ser veedores/as ciudadanos/as, quienes tengan las siguientes inhabilidades:
- Ser contratistas, interventores, proveedores o trabajadores adscritos a la obra, contrato, programa, servicio, proyecto, o concurso objeto de la veeduría, ni quienes tengan algún interés patrimonial directo o se demuestre objetivamente que existe otro tipo de conflicto de intereses en la ejecución de las mismas;
- Estar vinculados por matrimonio, unión de hecho, o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el contratista, interventor, proveedor o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa, así como con los servidores públicos que tengan participación directa o indirecta en la ejecución de los mismos;
- Ser trabajadores o servidores públicos, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, servicio, contrato o programa sobre el cual se ejercen veedurías;
- En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público por la entidad observada;
- Adeudar más de dos (2) pensiones alimenticias, conforme certificación judicial;
- No haber cumplido con las medidas de rehabilitación ordenadas por autoridad competente en los casos de violencia intrafamiliar o de género;
- Pertenecer a más de una veeduría en curso;
- Ejercer cargos de elección popular, o ser cónyuge, pareja en unión de hecho, o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad de una autoridad de elección popular, mientras la referida autoridad se encuentre en ejercicio de sus funciones; y,
- Ser directivo de un partido o movimiento político.
Las inscripciones a estas veedurías se receptarán en las oficinas del CPCCS en todo el país.
En Quito, se receptarán en la calle Santa Prisca 425 entre Vargas y Pasaje Carlos Ibarra, Edificio Centenario. Teléfono 02 3957 210.
Oficinas del CPCCS Manabí: Calle Constantino Mendoza, entre Chile y Ramón Fernández (junto al Instituto Cambridge). Teléfono 052 650 575.
Fecha de publicación: MIÉRCOLES 23 DE AGOSTO DE 2017.
Fecha de cierre de inscripción: MARTES 05 DE SEPTIEMBRE DE 2017
CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL